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Según reza en el artículo 3 del Título preliminar de la Constitución Española (aprobada por las Cortes el 31 de octubre de 1978, ratificada por el pueblo español en Referendum el 6 de diciembre de 1978 y sancionada por S. M. El Rey ante las Cortes el 27 de diciembre de 1978):

  1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
  2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
  3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

Y el Artículo 5 del Estatuto de Autonomía de Galicia (aprobado el día 6 de abril de 1981) establece que la lengua propia de Galicia es el gallego.